Qué se necesita para transferir un auto

Hay una serie de trámites que debés hacer para transferir la propiedad de un vehículo. Qué documentación necesitás y cuáles son los pasos a seguir.

Una de las partes menos gratas de cambiar un vehículo es el tramiterío que supone cambiar la propiedad del que vendemos y poner al día toda la documentación. Para simplificarte las cosas, hicimos un detallado resumen con todo lo que se necesita para transferir un auto. Resolvelo súper fácil y empezá disfrutar de lo que sigue.

Documentación para transferir un auto

Para empezar, es importante tener en cuenta que, en todos los casos -ya sea de compra-venta, sucesión o donación de un auto-, lo que tenemos que hacer es transferir la titularidad del vehículo.

Este trámite es conocido como transferencia de dominio y participan ambas partes (vendedor y comprador, o sus representantes legales y apoderados). Se hace por escritura pública. Veamos cuál es la documentación necesaria para la transferencia automotor:

  • Documento de Identidad (DNI) fotocopia del comprador y vendedor.

  • El comprador deberá contar con la constancia de CUIT emitida por AFIP o, en todo caso, el CUIL emitido por ANSES. Otra posibilidad es el CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP.

  • El vendedor deberá tener el título de propiedad y cédula del vehículo (antes conocida como cédula verde).

  • Documento del comprador y vendedor (y de sus cónyuges, si se trata de un bien ganancial). Si sos argentino, tenés que presentar el DNI. Si sos extranjero, necesitás el pasaporte.

  • Formulario 08: se trata de un requisito indispensable para realizar la transferencia del vehículo. Lo podés tramitar en forma presencial o por Internet. Este trámite es gratuito si tanto el comprador como el vendedor (y sus cónyuges, en caso de corresponder) certifican sus firmas en el Registro al momento de hacer el trámite. De no ser así, las firmas deben estar previamente certificadas por escribano público.

  • Formulario 13 único: lo tiene el Registro y lo firma el representante cuando se liquidan impuestos o multas. Se entrega un ejemplar al solicitante.

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  • Certificado de Transferencia Automotor (CeTA) para automotores y motos valuados en $100.000 o más. Este trámite es uno de los más engorrosos y el que presenta más dudas a la hora de realizarlo. Una de las preguntas más habituales que se hacen quienes van a efectuar la transferencia de dominio es quién tiene que hacer el formulario CeTA. La normativa es muy clara y no admite dudas: lo debe tramitar el vendedor en la AFIP. Eso sí, es muy importante imprimir el CeTa con número de certificado, para evitar retrasos posteriores.

  • Verificación en Solicitud Tipo 12: este requisito es obligatorio para los vehículos inscriptos a partir del 1 de enero de 1985. Este documento se necesita al momento de hacer la verificación física del vehículo, que debe realizarse en una de las plantas verificadoras habilitadas por la Policía Federal y Gendarmería Nacional. El trámite sirve para saber si el motor y el chasis coinciden en la numeración y si todo está en regla y acorde con lo que dice la documentación.  Al formulario de Solicitud Tipo 12 te lo venden y se completa en la misma planta y tiene una validez de 150 días hábiles, para presentarlo luego en el Registro con toda la documentación exigida.

  • Declaración Jurada por parte del comprador sobre si es persona expuesta políticamente, con firma certificada por escribano público.

Verificación policial: requisitos

Documentos que debés presentar en la planta o puesto de verificación:

  1. Si sos titular del vehículo, DNI y cédula verde.

  2. Si sos alguien autorizado a conducir el vehículo pero no sos el propietario, deberás llevar cédula verde, cédula azul y DNI.

  3. Si el titular es una persona jurídica, deberás llevar cédula verde, cédula azul y DNI.

Tené presente que en la Ciudad de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires es obligatorio el grabado de autopartes para todo vehículo, sea usado o 0 km. Entonces, tenés que considerar:

  1. Grabado de dominio en los cristales.

  2. Grabado de autopartes.

Documentación extra

Hay algunos casos especiales en los que el comprador o el vendedor del auto deberán presentar documentación específica:

  • Si el comprador es una persona expuesta políticamente tiene que presentar una Declaración Jurada con firma certificada por escribano público si no concurre en persona al Registro. Este documento se presenta para probar la procedencia del dinero utilizado para la adquisición.

  • Por último, y solo en el caso de que el auto que se va a transferir esté prendado, es necesario presentar una constancia (carta documento o telegrama colacionado) de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario. Lo mismo vale si el vehículo está inscripto en contrato de leasing.

Dato muy importante: una vez concretada la operación de compra-venta, tenés 30 días hábiles para hacer el trámite. Si no lo hacés, se decretará la prohibición de circular para el rodado y su pedido de secuestro.

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