¿Qué documentos puedo subir para validar a la persona apoderada?
Para todas las sociedades (con y sin fines de lucro), independientemente del tipo, podés subir:
- Estatuto o contrato social
- Poder certificado por un escribano público
- Actas de asamblea, directorio, designación o subsanación
Específicamente para las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedades Simples, Anónimas (SA), Sociedades por Acciones Simplificada (SAS), Sociedad en Comandita Simple (SCS) y sociedades extranjeras:
- Acta constitutiva y posteriores modificaciones al estatuto o contrato social, o su texto ordenado, inscriptos ante el Registro Público.
- Instrumento constitutivo digital emitido por y con la firma del Registro Público (aplica únicamente para las SAS).
Específicamente para las asociaciones, cooperativas y fundaciones:
- Acta constitutiva o fundacional y sus posteriores modificaciones, o texto ordenado, inscriptos ante el Registro Público.
Específicamente para las sociedades en formación, otras sociedades de la Ley 19.550 (Sección IV) (y ex Sociedades de Hecho (SH) e Irregulares:
- Formulario 420/J (documento de ARCA).
Específicamente para entidades religiosas:
- Acta fundacional y sus modificaciones inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
Específicamente para consorcios:
- Reglamento de propiedad horizontal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble.
- Acta de asamblea de copropietarios designando administrador.
Para las entidades con participación estatal o de derecho público:
- Poder certificado por un escribano público
- Decretos
- Resoluciones
- Boletín Oficial de la República Argentina o de la jurisdicción provincial o municipal correspondiente
- Acta con designación de autorizado