¿Qué documentos puedo subir para validar a la persona apoderada?

Para todas las sociedades (con y sin fines de lucro), independientemente del tipo, podés subir: 

  • Estatuto o contrato social 
  • Poder certificado por un escribano público 
  • Actas de asamblea, directorio, designación o subsanación


Específicamente para las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedades Simples, Anónimas (SA), Sociedades por Acciones Simplificada (SAS), Sociedad en Comandita Simple (SCS) y sociedades extranjeras:

  • Acta constitutiva y posteriores modificaciones al estatuto o contrato social, o su texto ordenado, inscriptos ante el Registro Público.
  • Instrumento constitutivo digital emitido por y con la firma del Registro Público (aplica únicamente para las SAS).


Específicamente para las asociaciones, cooperativas y fundaciones:

  • Acta constitutiva o fundacional y sus posteriores modificaciones, o texto ordenado, inscriptos ante el Registro Público.


Específicamente para las sociedades en formación, otras sociedades de la Ley 19.550 (Sección IV) (y ex Sociedades de Hecho (SH) e Irregulares:

  • Formulario 420/J (documento de ARCA).


Específicamente para entidades religiosas:

  • Acta fundacional y sus modificaciones inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.


Específicamente para consorcios:

  • Reglamento de propiedad horizontal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble.
  • Acta de asamblea de copropietarios designando administrador.


Para las entidades con participación estatal o de derecho público:

  • Poder certificado por un escribano público 
  • Decretos 
  • Resoluciones 
  • Boletín Oficial de la República Argentina o de la jurisdicción provincial o municipal correspondiente
  • Acta con designación de autorizado

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